Obligatoriedaddel registro de certificados energéticos: En Canarias, es obligatorio registrar los certificados energéticos de los edificios y viviendas que se vendan o alquilen. Este registro tiene como objetivo promover la eficiencia energética y proporcionar información útil a los consumidores. Procedimiento para el registro de

Objeto Atender solicitudes de información dirigidas al Servicio de Eficiencia Energética y Nuevas Energías de la Dirección General de Energía en relación con:
Secrea el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de la Región de Murcia, adscrito a la Dirección General competente en materia de energía, que será el órgano encargado de la organización, funcionamiento y custodia del mismo. Artículo 2. Objeto del Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios
Latramitación telemática por parte del interesado será obligatoria en los casos contemplados en el artículo 5 de la Orden EIE/418/2018, de 23 de febrero, por la que se regulan los procedimientos de inscripción en el Registro de Certificación de Eficiencia Energética de Edificios de la Comunidad Autónoma de Aragón y su tramitación
Registrode Certificados de Eficiencia Energética de Edificios. Objeto del trámite El Registro de los Certificados de Eficiencia Energética de Edificios, tanto de edificios de nueva construcción como de edificios existentes, de acuerdo con el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la
Elregistro de los certificados de eficiencia energética de edificios se realiza de forma telemática a través de un servidor con acceso a través de Internet, al cual tendrán acceso para introducir la información los diferentes agentes y organismos que intervienen en el proceso. Por su parte, la directora general de Energía, Rosana
Loscertificados de eficiencia energética de edificios ubicados en la comunidad autónoma, deben tramitar su inscripción en el Registro de Certificaciones de Eficiencia Energética de edificios de Castilla y León, exclusivamente telemática y de manera sencilla a través de la aplicación informática 'CEREN', accediendo con certificado digital (puede Trámiteelectrónico Objeto Inscripción en el registro oficial de certificados de eficiencia energética de edificios. A quién está dirigido: Ciudadanos, Administración, Empresas y Asociaciones Inicio del trámite: Interesado Grado de administración electrónica: Nivel 4: Tramitación electrónica completa Se publica en la Ventanilla Única Europea: No Laobra de rehabilitación energética deberá acreditarse mediante los certificados de calificación energética, en los términos establecidos en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, debidamente inscritos en el Registro de certificados de K944H.
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